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Monday, April 22, 2024

Licitaciones en el sector de la interpretación de lenguas - solo escasas, pero honrosas, excepciones

Por Pilar García Crecente, AIB

Foto de Waldemar en Unsplash

En esta vorágine de licitaciones y externalización de los servicios de interpretación de lenguas se me ocurren muchas preguntas: ¿Estamos abocados a que las licitaciones, supuestamente previstas en aras de la transparencia, dejen fuera a los profesionales autónomos y a las pymes y únicamente se queden en manos de grandes empresas dañando irremediablemente el tejido y la práctica profesional?

¿Va a resultar que, salvo escasas excepciones, los pliegos de condiciones no reflejan la práctica profesional ni siquiera las condiciones necesarias para el ejercicio de nuestra profesión? ¿Quién vela porque los pliegos de condiciones se elaboren de conformidad con las necesidades específicas del servicio a prestar y de conformidad con la práctica profesional y no únicamente puntuando el menor precio posible a cualquier costa?

¿Se imagina alguien que en un contrato público para construir un puente el pliego de condiciones no exigiera que los ingenieros y técnicos contasen con la formación exigida? Pues eso está ocurriendo con la interpretación de lenguas en muchos pliegos de licitaciones de organismos públicos salvo, ya digo, raras excepciones en las que quienes redactan los pliegos han dedicado tiempo, esfuerzo y recursos en aras de la calidad del servicio y la profesionalidad.

Le pregunto y cedo la palabra a Emma Soler Caamaño, Doctora en Interpretación por la Universidad Pompeu Fabra, compañera en AIIC y miembro también de la ATIJC. Es licenciada en Interpretación de Conferencias por la Universidad de Mons (EII), Bélgica, intérprete de conferencias desde 1993 e intérprete acreditada del Senado español desde 2005.

Desde que en noviembre de 2017 se aprobara en España la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, las administraciones se han visto obligadas a licitar todo tipo de servicios y la interpretación de conferencias no ha sido una excepción.

Se licita por exigencias de la normativa europea, pero el quid de la cuestión es el cómo, es decir, la redacción de los pliegos de condiciones. Unos buenos pliegos se sustentan en el respeto a lo licitado y sus fundamentos, deben ser claros en sus requisitos y especificaciones, y mostrar un conocimiento sólido de la profesión. En los malos pliegos, el criterio con mayor peso es la oferta de precio más baja, en detrimento de la solvencia profesional y de la calidad del servicio.

Si el objetivo de las licitaciones consiste en promover la transparencia, la eficiencia y la innovación en los procesos de contratación de la administración, la administración debería velar por la promoción de unas prácticas profesionales y empresariales justas.

Sin embargo, la realidad de las licitaciones de servicios de interpretación en España, tanto a nivel local como autonómico y nacional, es que los pliegos hacen gala de un profundo desconocimiento de la profesión y, con ello, atentan contra sus normas más elementales y condiciones de trabajo y dejan en la estacada al tejido empresarial de autónomos y pymes.

Estos son algunos de los elementos comunes a múltiples licitaciones publicadas:

 ●       Exigen un volumen de negocios mínimo que expulsa de facto a los intérpretes autónomos y pymes —los verdaderos profesionales del sector— y favorecen en exclusiva a grandes empresas intermediarias que engrosan sus márgenes de beneficios a costa de pagar tarifas irrisorias a los intérpretes (algunas de las cuales han sido denunciadas en diversas ocasiones por mala praxis).

●      Confunden perfiles profesionales (traductores e intérpretes) y modalidades de interpretación (como la interpretación de enlace y la de conferencias). Como la experiencia de los distintos colectivos difiere sobremanera, confundir las distintas modalidades puede comprometer la calidad del servicio y aumentar el riesgo de un incremento de costes por tener que realizar ajustes en el proceso.

●      No exigen formación reglada, ignorando la actividad capacitadora de universidades y másteres.

●      No prevén controles de calidad del servicio o del proveedor ni introducen mecanismos para verificar que los currículos presentados correspondan a las personas que prestarán el servicio.

●      No describen la responsabilidad que asume el intérprete y que se deriva de la interpretación (emisión en directo en medios de comunicación, transcripción literal en diario de sesiones, reuniones de alto nivel).

●      Vulneran estándares trabajados durante años por prestigiosas asociaciones profesionales y organizaciones internacionales.

Remuneran por minutos interpretados, ignorando que el trabajo de un intérprete comienza mucho antes de que encienda su micrófono, que la interpretación en sí no es más que la punta del iceberg y que cada prestación requiere un estudio minucioso previo, competencia, disponibilidad, y mucha responsabilidad, por lo que el estándar mínimo de unidad de tiempo en cualquier servicio de interpretación es y debería siempre ser una media jornada.

Ignoran que la interpretación es un trabajo en equipo extremadamente técnico que exige una concentración intensa y un alto nivel de energía mental y que por ello se trabaja en pareja y por turnos, y nunca solo.

●      No garantizan la protección de los derechos de propiedad intelectual.

●      Exigen normas ISO relativas a la gestión empresarial, a procesos de gestión documental, cuestiones administrativas, medioambientales, de inclusión de colectivos vulnerables, de paridad de género, etc. que si bien pueden tener todo el sentido en ciertos ámbitos nada tienen que ver con el ejercicio de nuestra profesión, mientras pasan por alto algunas que sí son esenciales y en particular la más reciente, la ISO 23155.


Considerando que la interpretación de conferencias es una profesión de ámbito internacional, las administraciones españolas podrían consultar los acuerdos suscritos entre la Asociación Internacional de Intérpretes de Conferencia (AIIC, máxima representación de la profesión, de ámbito mundial) y la gran mayoría de instituciones internacionales —el Parlamento Europeo, la Comisión Europea, el Consejo de la Unión Europea, el Tribunal de Justicia de la UE, el Comité Económico y Social Europeo, el Comité de las Regiones, las Agencias y organismos de la UE, la ONU y todos sus organismos, el Banco Mundial, el FMI, etc.—

O podrían consultar con las universidades públicas que ofrecen la formación específica en interpretación (grado de traducción e interpretación y másteres en interpretación de conferencias).

O consultar con la Red Vértice (que integra a las asociaciones de profesionales de la traducción, interpretación y corrección con presencia en España) y que ha emitido ya diversos comunicados en nombre de la profesión en bloque, exigiendo pliegos rigurosos y bien informados. De hecho, la Red Vértice lleva más de 10 años denunciando malas prácticas y solicitando que se abandone un sistema de licitaciones que han provocado problemas de gran calado que suponen una pérdida de calidad y profesionalidad del servicio de interpretación en la Administración por la generalización de la subcontratación.


Asesoramiento gratuito de profesionales de las asociaciones y elaboración de un vademécum

Los intérpretes se han convertido en parte integrante de nuestra sociedad moderna y global. Desde las negociaciones entre Jefes de Estado y de Gobierno hasta las plataformas de consulta técnica para llevar realmente a la práctica las decisiones políticas, desde los debates estratégicos en las empresas multinacionales hasta las consultas entre los interlocutores sociales de esas mismas empresas, desde los proyectos de cooperación transfronteriza hasta las inspiradoras reuniones entre científicos de renombre de todos los rincones del mundo: los intérpretes se encargan de que el mensaje se entienda perfectamente también en otras lenguas.

De un tiempo a esta parte, supuestamente en aras de la transparencia, estamos asistiendo a la externalización de servicios prestados mediante unos pliegos de condiciones que reflejan un profundo desconocimiento de la interpretación, carentes de rigor, que erosionan los cimientos de la profesión y unas condiciones de trabajo dignas y que propician el desmantelamiento del tejido de pymes y autónomos.

Un pliego de condiciones es eficaz si proporciona respuestas claras, que respondan a las necesidades específicas del servicio público contratante. Ello exige una formulación precisa de estos requisitos, en una terminología conocida y comprendida por ambas partes. Cada profesión tiene sus posibilidades y limitaciones. Conocerlas es útil para afinar correctamente el pliego de condiciones.

Qué duda cabe de que los gobiernos deben desempeñar un papel clave en la promoción de prácticas empresariales justas y sostenibles. Ofrecer oportunidades a los intérpretes locales autónomos o a las pymes también reforzará y sostendrá el tan necesario tejido económico nacional.

Por ello, por parte de las asociaciones profesionales y las universidades, la disposición es total para asesorar y ayudar a entender las especificidades de la profesión y así contribuir a que las licitaciones para el sector reflejen el conocimiento necesario y sean rigurosas.

El conjunto de la profesión está elaborando un vademécum, un ABC para pliegos de servicios de interpretación para todas aquellas administraciones, tanto de ámbito local como autonómico o estatal, que deseen licitar servicios de interpretación.

Es hora de hacer oír la voz de los intérpretes de conferencias y de liderar esta lucha por un entorno laboral más justo y sostenible.